lunes, 30 de mayo de 2011

Importar cosméticos

Para la importación de productos cosméticos y de higiene personal se deben cumplir varios requisitos:
  • Licencia como importador de productos sanitarios por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
  • Instalaciones de almacenamiento.
  • Responsable técnico.
  • Laboratorio de control acreditado.
La autorización de instalaciones la otorga la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios tras la evaluación de la memoria técnica de las actividades (Sistemas de Calidad y Procedimientos Normalizados de Trabajo) y la inspección de las instalciones. El plazo máximo de obtención de la licencia es de tres meses desde la entrada de la solicitud en el Registro de la AEMPS.

Las instalciones deben cumplir lo establecido en la ISO 22716 de productos cosméticos. Estas instalaciones pueden ser compartidas con medicamentos y productos sanitarios (medical devices).

El Responsable Técnico debe ser un licenciado superior en Farmacia, Medicina, Veterinaria, Química o Biología que deberá prestar sus servicios al menos 10 horas semanales. 

Deberá contar, por último, con un contrato con un laboratorio de control acreditado por la Agencia Española para el control de calidad de productos cosméticos para la certificación de los productos importados.

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