sábado, 1 de septiembre de 2012

Cómo puedo importar cosméticos?

Si está usted interesado en importar cosméticos o productos de higiene personal, debe tener en cuenta las siguientes consideraciones:

Necesita disponer de licencia de importación de productos cosméticos otorgada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), para esto debe cumplir una serie de requisitos:
  • Disponer de instalación de almacenamiento: puede ser propia o subcontratada. La instalación no tiene una superficie mínima establecida, sólo es necesario que disponga de doble puerta con el aseo y la calle, paredes y suelo de fácil limpieza, almacenamiento en estanterías o palets y ventanas selladas.
  • Laboratorio de control de calidad: propio o subcontratado que será sólo necesario en caso de cosméticos que contengan agua entre sus ingredientes.
  • Responsable técnico: licenicado superior en Farmacia, Medicina, Veterinaria, Química, Biología o Ingeniería Química que tenga un horario de al menos 10 horas semanales.

En caso de instalaciones subcontratadas hay que tener en cuenta los costes de mantenimiento no las facilidades de contratación ya que un transporte o almacenamiento muy caro puede comprometer la viabilidad del proyecto.

Una vez obtenida la autorización (entre 3 y 6 meses) deberá comunicar la puesta en el mercado de los productos cosméticos a la AEMPS y a partir de junio de 2013 al Portal Europeo de Productos Cosméticos. Esta comunicación deberá incluir entre otros:
  • Etiquetado.
  • Composición.
  • Información a efectos de tratamiento médico.

Para los productos de higiene personal (higiene bucal y blanqueadores, pediculicidas, higiene íntima y tintas de tatuaje) la AEMPS exige autorización previa de cada producto.

De cada producto o fórmula marco (cosméticos decorativos) deberá conservarse el expediente de seguridad, Cosmetics Product Safety Report (CPSR), obligatorio a partir de junio de 2013 según la Directiva 1223/2009 de cosméticos.

Este CPSR deberá ser elaborado por un EU CERTIFY SAFETY ASSESSOR.

ASECONSA pone a disposición de sus clientes profesionales con experiencia para:

  • Obtención de licencia previa de importación de productos cosméticos y prodctos de higiene personal.
  • Comunicación de puesta en el mercado de cosméticos a la AEMPS y en el Portal Europeo de Cosméticos.
  • Elaboración y validación de expediente de seguridad de cosméticos (CPSR).
  • Elaboración y tramitación de expedientes para la autorización de productos de higiene personal.

Si quiere más información puede contactarnos en www. aseconsa.es 

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